Cañada adhirió a las disposiciones nacionales de prolongación del aislamiento 0 1936

Se trata del decreto nacional y el provincial dictado en consecuencia, sobre la prórroga de la medida hasta el 26 de abril

La Municipalidad de Cañada de Gómez, a través del decreto n°6185 adhirió al Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 355/2020 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional y Decreto Provincial dictado en consecuencia.

De esta manera, el aislamiento social, preventivo y obligatorio continúa hasta el día 26 de abril y se adhiere a la Decisión Administrativa N° 490/20 de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, en tanto resulte materia de competencia de esta Municipalidad, incorporando por tanto como actividades autorizadas las siguientes:

1. Circulación de las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista, para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar o conviviente. En tales casos, las personas asistidas y su acompañante deberán portar sus respectivos Documentos Nacionales de Identidad y el Certificado Único de Discapacidad o la prescripción médica donde se indique el diagnóstico y la necesidad de salidas, la cual podrá ser confeccionada en forma digital.
2. Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista. Los profesionales deberán portar copia del Documento Nacional de Identidad de la persona bajo tratamiento y del Certificado Único de Discapacidad, o la prescripción médica correspondiente con los requisitos previstos en el inciso anterior.
3. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos.
4. Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Deberá realizarse la actividad a puertas cerradas.
5. Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público.
6. Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Deberá realizarse la actividad a puertas cerradas.
7. Venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso se podrá realizar atención al público.
8. Servicio de cobranza a domicilio efectuado por comercios, entidades sociales y deportivas, debiendo portar el autorizado el correspondiente certificado de circulación firmado por el empleador o titular/representante de la entidad, utilizar elementos de protección personal y adoptar todas las medidas indicadas por las autoridades sanitarias.
Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados. En consecuencia, también se adhiere a la Resolución N° 41/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe, el cual obliga a las empresas autorizadas a funcionar a implementar un Protocolo de Prevención del Coronavirus que debe contener una evaluación de los riesgos de contagio según los puestos de trabajo, y las correspondientes medidas de prevención para evitar la transmisión y propagación de la enfermedad.
Además, los empleadores tendrán que capacitar a su personal y entregar elementos de protección personal y de prevención. Entre las disposiciones generales cabe destacar la centralidad de revisar y adecuar los procesos productivos y/o diferentes tareas fundamentales en base a turnos de trabajo, disposición de descansos, de manera tal de garantizar las medidas de prevención recomendadas durante toda la jornada de trabajo, como son, entre otras, distancia entre personas.
En la resolución, también está previsto la elaboración de una política de limpieza general, garantizando la desinfección periódica del establecimiento, sobre todo en áreas de mayor circulación e ingreso. Asimismo, se deberá realizar un Registro de las Declaraciones Juradas de Salud de los trabajadores.

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Su espíritu es atesorar la memoria reuniendo testimonios de influencias, pensamientos, saberes, sentires, creencias de un tiempo pasado y transformarlos en un compilado de escritos con formato libro.
Es un espacio-taller donde poder encontrarnos y tramar la urdimbre de los recuerdos.

No es un taller literario ni pretende serlo.
No es un taller de escritura, pero escribiremos.
No es un libro de historia. Pero sí habrá historias.
No es un recetario de cocina, pero sí habrá recetas.
No es un álbum de fotografías, pero habrá fotos.
No es un manual de Jardinería, pero sí habrá consejos.
No dejes pasar esta experiencia.

Cupos limitados
Requisitos: Mayores de 70 años.

Cañada de Gómez:
Inicio: Jueves 11 de Abril de 17 hs a 19 hs.
Lugar: “Casa del Senado”. San Martín 469.

Totoras:
Inicio: Martes 9 de Abril de 17 hs a 19 hs.
Lugar: “Biblioteca Popular Domingo F. Sarmiento”. Sargento Cabral 1514.

Duración: 4 meses.
Inscripciones: 3476697223
Taller a cargo de María Cristina Iglesias, Psicóloga Social.

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