Las medidas:
Restricción a la circulación vehicular en toda la provincia.
Sólo podrán circular
– Quienes cumplan actividades autorizadas o esenciales dispuestas en el DNU del Poder Ejecutivo Nacional.-
Quienes estén debidamente justificados por una situación de fuerza mayor (asistencia médica, turno de vacunación, cuidado de personas).
Para circular deberán llevar la documentación respaldatoria y la app provincial Coronavirus Santa Fe o la app Covid19-AR
Actividades comerciales autorizadas
Actividades autorizadas de 6 a 18 hs.
– supermercados mayoristas y minoristas- comercios de proximidad de venta de alimentos e higiene personal y limpieza- farmacias- ferreterías- veterinarias- provisión de garrafas
Con factor de ocupación de la superficie destinada a atención del público que no supere el treinta por ciento (30%)
Actividades gastronómica
Los locales gastronómicos deberán desarrollar la actividad sin la concurrencia de comensales
y sólo en las modalidades de reparto a domicilio y de retiro, siempre que se realicen en locales de cercanía.
Actividades sociales y familiares
Continúan prohibidos los encuentros sociales y familiares en lugares cerrados o al aire libre de quienes no convivan en el mismo domicilio
Comercio Mayorista y Comercio Minorista
Venta de mercaderías / con atención al público
Se amplía el horario de la actividad del comercio mayorista y comercio minorista, con atención al público en los locales, todos los días de la semana hasta las diecinueve (19) horas.
El factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del treinta por ciento (30%)
Actividades Comerciales
Queda habilitada la actividad de los locales comerciales ubicados en centros y paseos, en modalidad galería;
cumpliendo las reglas generales de conducta, prevención y los protocolos establecidos, hasta las diecinueve horas(19hs).
Gastronómicos
Los locales gastronómicos podrán funciona entre las 06hs y las 19hs
Restricción a la Circulación Vehicular
En todo el territorio provincial queda autorizada la circulación vehicular en la vía pública, desde las 06hs hasta las 20hs
.
A partir de las 20hs y hasta las 06hs del día siguiente sólo se permitirá la circulación de quienes realicen actividades esenciales
Quedan exceptuados de la restricción:
Quienes cumplan con su actividad laboral
Quienes estén debidamente justificadas por una situación de
fuerza mayor (incluyendo asistencia médica, farmacéutica y cuidado de personas )
Para circular deberán llevar la documentación respaldatoria y la app provincial COVID19 o app CUIDAR. 2021 inclusive
Actividades Religiosas
Se habilitan las actividades religiosas al aire libre sin superar las 10 personas, manteniendo la distancia mínima de 2 metros y el uso de barbijo en todo momento.
Actividades recreativas
Sólo bajo modalidad entrenamiento, al aire libre y sin superar las 10 personas, se habilita la actividad
de clubes, gimnasios, natatorios y otros establecimientos afines. Continúa suspendida la práctica de deportes grupales de contacto (al aire libre y en espacios cerrados), y las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur, no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales.
Continúan suspendidas las actividades náuticas, pesca deportiva y recreativa
en modalidad costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de guarderías náuticas.