La ANMAT prohibió la venta de una miel de abejas y un aceite de oliva 0 1214

Las disposiciones de la Administración Nacional de Alimentos, Medicamentos y Tecnología Médica fueron oficializadas a través de la publicación en el Boletín Oficial este lunes.

La Disposición 8027/2020 establece la prohibición de “la comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta electrónica del producto: ‘Miel de Abejas’ marca La Colmena, RNE N° 13003564, RNPA N° 025113023645, Ballesteros Córdoba” por “consignar registros de establecimiento y de producto inexistentes, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.

Según el texto publicado en el BO, se convocó al Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza “a fin de verificar si dicho producto cuenta con los registros de producto y establecimiento autorizados”. La entidad encontró que “ ambos registros son inexistentes”.
El Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos consultó a la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de Córdoba porque la miel se elaboraría en dicha provincia, en la localidad de Ballesteros. Sin embargo, la Dirección informó que “el código del número de registro no corresponde a la jurisdicción consultada”.
La Anmat resolvió que se trata de “un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal” y que, por esa razón, “no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República”. La miel se comercializaba a través de la plataforma Mercado Libre.

Por su parte, la Disposición 8028/2020 determina la prohibición de “la comercialización en todo el territorio nacional del producto: ‘Aceite de Oliva Extra Virgen Primera prensada en frío, Finca Mendoza, Elaboración Artesanal, San Rafael-Mendoza’, por carecer de autorización de establecimiento y de producto, resultando ser un producto en consecuencia ilegal”.
El producto, que se promocionaba y vendía a través de Facebook, no contaba con el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) correspondiente. “Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República”.

 

Fuente: Anmat / Pagina 12

 

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Docentes: La Provincia otorgará un incentivo por asistencia 0 124

La Provincia anunció un incentivo mensual por asistencia a los docentes, que representará una bonificación conforme a los siguientes montos:

Los agentes titulares e interinos que no registraron inasistencias en el mes respectivo:
* $ 57.400 por cargo docente al mes;
* $ 114.800 por cargos directivos y de supervisión
* $ 4.784 por hora cátedra de nivel superior
* $ 3.827 por cada hora cátedra de otros niveles
El máximo por agente es $ 114.800.
En tanto, para agentes titulares e interinos que registren sólo una inasistencia en el mes respectivo, los montos serán estos:
* $ 28.700 por cargo docente al mes;
* $ 57.400 por cargos directivos y de supervisión
* $ 2.392 por hora cátedra de nivel superior
* $1.914 por cada hora cátedra de otros niveles.
El máximo por agente es de $57.400.

Reconocimiento trimestral

Cabe acotar que a ese reconocimiento mensual se suma un incentivo trimestral por asistencia, que suma otra bonificación no remunerativa. De esta manera, los agentes que no registraron inasistencias en los trimestres anteriores, en julio, octubre y enero, recibirán:
* $86.100 por cargo docentes;
* $172.200 por cargos directivos y de supervisión.
* $7.175 por hora cátedra de otros niveles.
El máximo por agente será de $172.200.
Vale señalar que los montos, tanto los montos mensuales como en los trimestres, se actualizarán de manera trimestral conforme a la variación porcentual del salario docente.
Durante los meses de enero, febrero y marzo cada agente percibirá un monto equivalente al promedio mensual que haya percibido por el mismo concepto en los meses de abril y diciembre.
Asimismo, vale agregar que en el mes de abril se abonará un monto equivalente al promedio de los 3 incentivos trimestrales que pudiera haber percibido el docente hasta enero.

Extienden por 365 días el uso del certificado provisorio de la Revisión Técnica Obligatoria 0 176

La Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) resolvió prorrogar de manera excepcional y por el plazo de 360 días corridos contados desde el día 23 de marzo de 2024 la utilización de certificados provisorios para la acreditación del cumplimiento de la Revisión Técnica Vehicular a través de la Resolución 0009/24.
Cabe recordar que el 22 de enero pasado se dictó la Resolución N.º 0004/24 por medio de la cual se autorizó la utilización de certificados provisorios para la acreditación del cumplimiento de la Revisión Técnica Vehicular, de manera excepcional y por el plazo de 60 días contados.
La decisión está relacionada con la importancia de la innovación pública en la modernización del Estado, y la necesidad de adoptar prácticas innovadoras para una gestión más eficiente y sostenible. En este sentido el Gobierno de la Provincia inició un proceso de despapelización que apunta a utilizar herramientas que permitan dar respuestas superadoras con la incorporación de la debida tecnología en cada caso. En este sentido la APSV apunta a digitalizar los certificados y obleas de RTO.

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