La ASSAL prohibió dos leches en polvo 0 1352

La medida de la agencia provincial de seguridad alimentaria rige para todo el territorio nacional, e impide además la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición de los mismos.

El Ministerio de Salud provincial, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL), prohibió la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición en todo el territorio nacional de los productos alimenticios rotulados como “Leche entera en polvo, disolución instantánea, fortificado con vitaminas A y D”, marca Milkfood y “Leche entera en polvo, disolución instantánea, fortificado con vitaminas A y D”, marca Campo de Oro.

La medida se adoptó por estar los productos falsamente rotulado, lo cual encuadra en incidente alimentario de clase II conforme lo establecido en el Manual de Retiro de Alimentos, artículo 1415 del Código Alimentario Argentino.

La medida incluye todas las presentaciones que se encuentren debido a que los presuntos productos no se hallan habilitados por el Código Alimentario Argentino. Esto no garantiza la trazabilidad y seguridad de los alimentos y representa un peligro para la salud de la población.

La ASSAL verifica que los productos alimenticios cumplan con la Legislación Alimentaria Vigente, que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta, a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos.

 

LOS PRODUCTOS

Leche entera en polvo, disolución instantánea, fortificado con vitaminas A y D
Marca: Milkfood
RNE Nº: 21-005144
RNPA Nº: 21-100978
Para: Rocar SRL, Chile 227, Villa María, Córdoba
SENASA: S-103434

Leche entera en polvo, disolución instantánea, fortificado con vitaminas A y D
Marca: Campo de Oro
Elaborado y envasado por: Sociedad Cooperativa de Tamberos de la zona de Rosario Ltda.
Domicilio: Humberto Primo Nº 1255
RNE Nº: 21-005144
RNPA Nº: 2101222

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Presentaron un proyecto de Ley para la prevención y sanción de la violencia digital 0 188

El Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano, a través de la Secretaría de Mujeres, Género y Diversidad y la Defensoría del Pueblo, presentó un proyecto de Ley para la prevención, investigación, sanción y reparación de las víctimas de violencia digital y mediática en la Legislatura provincial.
La presentación se realizó en el hall de la Legislatura, y estuvieron la ministra de Igualdad y Desarrollo Humano, Victoria Tejeda; la secretaria de Mujeres, género y diversidad, Alicia Tate; el Defensor del Pueblo, Jorge Henn; el presidente provisional del Senado, Felipe Michlig y la presidenta de la Cámara de Diputados, Clara García.
Durante la presentación se emitió un video de salutación de Fernanda “Chachi” Telesco, una superviviente de la violencia digital y a quien esta normativa busca reparar con la resignificación de su historia.

Acerca del proyecto de ley

La normativa contempla una serie de reformas al Código de Convivencia que incluye la tipificación como contravención de distintos tipos de violencia digital, tales como el hostigamiento digital, la vigilancia electrónica no consentida, la sextorsión, el ciberacoso, la suplantación de identidad, entre otros. También el desarrollo de un servicio multi soporte, telefónico y digital gratuito y accesible para contener, informar y asesorar sobre recursos para la prevención del acoso y violencia digital.
Se estipula además el desarrollo de un protocolo específico para el abordaje de las situaciones de violencia digital cuando las víctimas sean niñas, niños y/o adolescentes. A su vez, se plantea la incorporación de la temática de Violencia Digital y ciberseguridad en los contenidos curriculares escolares, ya que para lograr un cambio cultural es fundamental trabajar desde las infancias. Y el desarrollo de un curso virtual y gratuito para consumidores de servicios y productos digitales, orientado a la prevención de la violencia digital.

En Santa Fe, más de 10 mil personas por año resultan lesionadas por siniestros viales 0 131

Con el objetivo de concientizar sobre las consecuencias vinculadas a los siniestros, en torno al Día de la Víctima con discapacidad por hechos viales, que se conmemora cada 14 de abril, la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) difunde un nuevo informe de su Observatorio Vial en el que se enfatiza que si bien los siniestros de tránsito constituyen una de las primeras causas de muerte, la discapacidad como consecuencia de los mismos no es una problemática menor.

Al respecto, se subraya que en la Provincia de Santa Fe se registran anualmente más de 10.000 personas lesionadas por siniestros viales, de las cuales 1.300 resultan con traumatismos graves. En este sentido, está comprobado que aproximadamente el 10 % resulta con alguna secuela grave de traumatismo craneoencefálico, lesiones medulares o diversas amputaciones que dificultan su desenvolvimiento normal. Por cada fallecido registrado, otras 3 personas resultan con alguna secuela grave o moderada.

En números

De acuerdo al informe de la APSV, la tasa de morbilidad de la provincia de Santa Fe es de 374 personas lesionadas cada 100 mil habitantes, registrada en el año 2021. Y en el mismo año, la tasa de lesividad, esto es personas lesionadas cada 10 mil vehículos, fue de 54.

El grupo etario de 15 a 34 años presenta la mayor morbilidad, acumulando el 50,2 % de los lesionados por accidentes de tránsito de la Provincia de Santa Fe. El pico más alto, al igual que los fallecidos, se encuentra entre los 20 y 24 años con un 15,6 % de lesionados.

Si bien aún no existe un registro fehaciente de las personas que quedan con algún tipo de discapacidad tras haber sufrido traumatismos resultantes del tránsito y dada la importancia que reviste la morbilidad por siniestros viales, se considera necesario profundizar en el conocimiento de qué lesiones y secuelas producen los hechos de tránsito en cada individuo, realizando estudios en efectores de salud a partir del seguimiento de las historias clínicas de pacientes hospitalizados por lesiones en el tránsito.

Del seguimiento de lesionados del año 2022, que ingresaron a uno de los efectores públicos más importantes de la zona sur por accidente en la vía pública: el 74 % fue en moto, el 14 % en auto y camioneta, 5,6 % peatones, 5,8 % bicicletas y 0,6 % transporte de pasajeros o de carga. Con respecto a las lesiones presentadas por los motociclistas se encontró que el 53 % presentó traumatismos en miembros superiores e inferiores, el 23 % TEC (traumatismos encéfalos craneanos); el 13% fracturas de miembros, el 8% Traumatismos de tórax y abdomen; y el 3% traumatismos faciales.

Es importante resaltar que los motociclistas lesionados en accidentes de tránsito, suelen ser pacientes politraumatizados generalmente, ya que suelen presentar traumatismos asociados de varias partes del cuerpo a la vez, como por ejemplo traumatismo de cráneo + traumatismo de uno o más miembros + excoriaciones o heridas superficiales.

En relación a los traumatismos de cráneo, que ocupan el 2do lugar en los porcentajes de las lesiones más frecuentes, suelen ser una de las lesiones más graves, ocasionadas por accidentes de tránsito, prevenibles, con el uso de casco.

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