El fallo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 6 de Cañada de Gómez considera “inconstitucionar e inconvencional” el articulado de la ordenanza mencionada, y exhorta al municipio totorense a que produzca una nueva norma que se adecue a la ley provincial de fitosanitarios Nº 11.273, que establece 500 metros como límite a partir del cual se pueden aplicar agrotóxicos.
La ordenanza a la que el fallo del juez califica de esa manera había sido modificada en diciembre de 2014, y a partir de allí comenzó la lucha judicial de la agrupación “Vecinos Autoconvocados por la Vida” de Totoras, que ahora produjo esa resolución desde la Justicia.
Fuente: La Capital