En el texto del pedido al Tribunal, se menciona que “sin perjuicio del derecho a la libertad de expresión de los manifestantes y/o el derecho de protesta laboral que asiste a los trabajadores, la modalidad escogida para canalizar sus peticiones colisionan con otros derechos (de propiedad; ejercer industria lícita; trabajar) de igual raigambre constitucional, y eventualmente, la conducta desplegada por los trabajadores podría configurar el delito de usurpación perseguible por este Ministerio.”
También se establece que la resolución a la que se arribe “deberá mantener la simetría de todos los derechos en ciernes. No pretendiendo conculcarse con tal pedido el derecho de protesta de los trabajadores, sino por el contrario restablecer el “justo equilibrio” entre éste y los otros derechos en pugna.
El Juez Rizzardi otorgó 72 horas para que los manifestantes se retiren en forma voluntaria y pacífica “para así evitar la rispidez que genera la intervención de las fuerzas de seguridad para concretar aquel desalojo.”