De acuerdo a la Resolución N° 100/20 de la Secretaría de Comercio Interior, la Guardia Urbana Municipal comienza este lunes con el control y fiscalización en materia de precios en A partir de lo establecido por la Resolución N° 100/20 de la Secretaría de Comercio Interior y su aclaratoria N° 109/20 y el Decreto Nro. 319/20 dictado en consecuencia por el Poder Ejecutivo Provincial, el Municipio ya coopera con nación y provincia en la fiscalización de precios.
De esta manera, a través del decreto municipal n° 6184, refrendado por el Concejo, desde este lunes la Guardia Urbana Municipal, a través del personal que integra dicha dependencia, comienza con el ejercicio de las facultades de control y fiscalización en relación a hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios, mini mercados minoristas, supermercados mayoristas y demás establecimientos en los que se comercialicen los productos fijados por la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo productivo de la Nación en el marco de la Resolución N° 100/20 y 109/20 .
A tales fines se faculta a la GUM a:
a) Recibir denuncias, ya sea de quien invoque un interés particular o bien lo haga en defensa del interés general de los consumidores, o bien a través de autoridad administrativa o judicial, las que serán recepcionadas vía telefónica al 08005556768 o vía correo electrónico a gum@mcg.gov.ar;
b) Realizar inspecciones y controles de precios en establecimientos comerciales;
c) Labrar actas de infracción por triplicado, en la que conste en forma concreta y precisa, el hecho verificado y la disposición supuestamente infringida. Una vez realizadas las acciones de fiscalización y control, el personal municipal interviniente deberá remitir las actuaciones administrativas dentro del término de 2 (dos) días hábiles al Tribunal Municipal de Faltas a los fines de la continuidad del procedimiento.
En este sentido, se amplía la competencia del Tribunal Municipal de Faltas, facultándose a intervenir a su titular en las etapas de imputación y recepción del descargo por parte de los presuntos infractores a las leyes de Defensa del Consumidor Nro. 24240 y sus modificatorias, de Lealtad Comercial Nro. 22802 y Abastecimiento Nro. 20680, mientras dure la emergencia declarada a nivel nacional y provincial a consecuencia de la pandemia por el COVID 19.