El Senado aprobó leyes sobre ART, paridad de género y beneficios al turismo 0 1068

Tuvieron sanción definitiva la adhesión a la nueva ley nacional de Riesgos de Trabajo (ley de ART), la ley de Paridad de Género y la ley que declara la “Emergencia Provincial del sector Turístico y otros”. Además, se discutió nuevamente sobre la ley para asistir a docentes reemplazantes y asistentes escolares.

Sobre esto Rasetto indicó que “Insistimos con la ley para asistir a docentes reemplazantes y asistentes escolares y que puedan recibir un bono de asistencia económica ya que no pudieron trabajar ni acceder a los programas de apoyo económico del Gobierno Nacional durante el año, lamentablemente no conseguimos los dos tercios necesarios para rechazar el veto del ejecutivo, que se comprometió a abonar la suma correspondiente a un IFE durante los meses de noviembre y diciembre”.

Ley de Paridad de Género:
Sanción definitiva al proyecto que dispone la paridad de género en la composición e integración del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial, partidos políticos y asociaciones, consejos y colegios profesionales en el ámbito de la provincia de Santa Fe.
El texto de la iniciativa explica que se entiende por paridad de género la representación igualitaria de varones y mujeres en un 50% para cada género en la conformación de listas electorales, y en la composición de estructuras orgánicas o de cargos y ternas o nóminas de designación.

Ley de ART:
El Senado sancionó en forma definitiva el proyecto por el cual la provincia de Santa Fe adhiere al régimen establecido por la Ley 27.438, complementaria de la Ley de Riesgos de Trabajo 24.557, con algunas modificaciones. De esta manera, una vez que el gobierno provincial promulgue la ley, Santa Fe hará propia la nueva normativa nacional sobre riesgos de trabajo. Así, ante una situación de accidente o enfermedad laboral, se reemplazará la instancia judicial por una comisión médica (habrá 13 en toda la provincia), con el objetivo de bajar la litigiosidad y lograr resoluciones más rápidas.

Ley de emergencia Provincial del sector turístico y otros:

El texto incluye a hoteles, agencias de viajes, transporte de pasajeros para turismo, ferias, convenciones, gastronomía, jardines maternales, servicios de fiestas, exposiciones, alquiler de equipamientos para esos fines y actividades. La Emergencia regirá hasta el 30 de junio de 2021 y podrá ser prorrogada por otros 6 meses o en función de la duración de la emergencia sanitaria nacional. La autoridad de aplicación será el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología. A tal efecto se constituirá “El Fondo de Asistencia Financiera integrado con la suma de $800.000.000 (PESOS OCHOCIENTOS MILLONES), a cuyo fin el Poder Ejecutivo habilitará las partidas presupuestarias correspondientes en el Presupuesto Aprobado 2020”.
El proyecto contempla los siguientes beneficios:

a) Diferimiento y prórroga para el pago, según el calendario impositivo del año 2020 y por el plazo de noventa (90) días después de finalizada la emergencia provincial del sector turístico, durante el cual no se devengarán intereses, para los impuestos de los Ingresos Brutos; Inmobiliario Urbano y Rural, Patente Única sobre Vehículos, Impuesto de Sellos

b) Readecuación de la metodología de facturación de los servicios de energía eléctrica y agua potable de forma tal de propender a que el importe facturado responda al consumo real del servicio

c) Suspensión hasta ciento ochenta (180) días después de finalizada la emergencia del sector turístico de la iniciación o la sustanciación de acciones administrativas iniciadas por el cobro de impuestos

d) Otorgamiento de subsidios o aportes no reintegrables o de programas de asistencia económica o subsidios, complementarios de otros programas nacionales o provinciales existentes, por montos de hasta pesos quinientos mil ($500.000) por beneficiario, sea para mantener el nivel de empleo o para ayuda de la actividad

e) Acceso a líneas de crédito con subsidio de tasas, utilizando esquemas de financiamiento que permitan adaptar las demandas existentes generadas por la emergencia

A tal efecto, el Poder Ejecutivo podrá licitar cupos de créditos y convenios con el agente financiero u otras entidades financieras y/o asociaciones mutuales interesadas en los términos que regirán su instrumentación, debiendo establecer un subsidio de tasa de hasta el 50% de la misma, plazo de devolución mínimo de 18 meses, plazo de gracia de 180 días y garantías personales o a través de fondos de garantía otorgado por programas nacionales y provinciales.

 

 

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Santa Fe incorporó el juicio por Jurado 0 149

La Cámara de Diputados de la provincia de Santa Fe convalidó los cambios que introdujo el Senado al mensaje que el Poder Ejecutivo envió a la Legislatura en los primeros días de la gestión del gobernador Maximiliano Pullaro para incorporar el Juicio por Jurado, por lo que la norma quedó sancionada.

La incorporación en la provincia era una deuda pendiente del sistema de justicia, que ahora podrá contar con la ley que reglamentará el artículo 44 del Código Procesal Penal de Santa Fe. Además, la iniciativa aprobada cumple con el mandato constitucional que dispone que los juicios criminales finalicen por jurado.

En este sentido se ha diseñado un juicio por jurado popular, con 12 jurados titulares y 2 suplentes, para el juzgamiento obligatorio de delitos graves como homicidios, abuso sexual seguido de muerte, y también para que la sociedad juzgue el accionar policial y penitenciario en casos de enfrentamiento.

Santiago Mascheroni, secretario de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad Mascheroni consideró que, por sus características, esta ley va a requerir una reglamentación muy particular, en la que se debe ir avanzando paulatinamente. “A modo de ejemplo se debe conformar un padrón, porque es una carga pública, y se va a tomar el padrón general, para luego sortear, uno de cada 1.000 empadronados, lo que va a dar aproximadamente un universo de entre 2.000 y 2.500 ciudadanos y ciudadanas que pueden formar parte de un jurado”, explicó.
Mascheroni subrayó la gradualidad en la implementación de ciertos aspectos instrumentales de la ley. “Cuando la infraestructura lo permita se irán incrementando las causas en las que pueda actuar un jurado”.

Quienes tengan entre 18 y 75 años podrán ser requeridos para formar el jurado. Para las personas de más de 70 años es opcional. No podrán integrar jurados abogados, profesionales del derecho, ni quienes trabajan en la administración pública en áreas de justicia. También quedan exentos policías, y personas que hayan recibido alguna condena.

Por su parte, la subsecretaria de Relaciones con el Poder Judicial del Ministerio de Justicia y Seguridad, Florencia Blotta, destacó la importancia de esta incorporación, y señaló la necesidad de que la ciudadanía se informe sobre este mecanismo.

“En el marco de la implementación de la ley, es central la difusión de la normativa para que la ciudadanía conozca esta herramienta y este derecho y carga pública de participar y prestar el servicio de justicia en calidad de jurado”, explicó Blotta, al tiempo que indicó la necesidad de capacitación.

La Constitución Nacional de 1853 y la reforma de 1994 establecen esa figura que hasta ahora sólo estaba implementada en diez provincias.

Dengue: La Provincia actualiza los datos de circulación viral 0 146

El Ministerio de Salud del Gobierno de la Provincia actualizó los datos de la circulación viral de dengue en la provincia de Santa Fe, a partir de información de la Semana Epidemiológica 01 hasta la 11.
Los más de 21mil casos confirmados corresponden a los 19 departamentos provinciales: 58,2 % del Departamento Rosario; 7,8% La Capital; 5,4% Castellanos, 5% San Cristóbal, 4,3% Las Colonias y 4,1% San Lorenzo, entre los más afectados.
Los serotipos circulantes son DEN 1 y DEN 2 principalmente; y DEN 3 en una persona con antecedentes de viaje a provincia con circulación.

La directora provincial de Epidemiología, Carolina Cudós, recordó que la cantidad de casos corresponde a aquellos detectados por laboratorio y registrados; y remarcó que “estamos trabajando con la población y los equipos de salud para disminuir los casos todo lo posible, pero sobre todo disminuir y evitar las muertes”.

En este sentido, insistió en el descacharrado que debe implementarse en los hogares para evitar que prolifere el mosquito transmisor de dengue, el Aedes aegypti. Además de evitar la acumulación de agua en recipientes y prevenir las picaduras, pidió prestar atención a la aparición de síntomas como “fiebre alta con cefalea, dolor atrás de los ojos, dolor corporal, diarrea”. Si eso sucede, “se debe consultar, no autodiagnosticarse ni automedicarse porque lo que necesitamos es de un médico que haga el diagnóstico”.

La recomendación, insistió Cudós, “es ir al Centro de Salud más cercano, tomar mucho líquido para evitar la deshidratación y paracetamol como antitérmico”. Asimismo, prestar atención a los signos de alarma que requieren consultar de rápidamente: dolor abdominal muy intenso, mareo o desmayo, vómitos persistentes, intranquilidad o irritabilidad, somnolencia; y “sangrado, principalmente en las encías, similar a la menstruación, o por vía urinaria”.

Casos graves

En relación a los casos graves, el Informe Epidemiológico da cuenta de que fallecieron cuatro personas más, por lo que desde el inicio del año (Semana Epidemiológica 01) hasta el 16 de marzo inclusive (Semana 11), son ocho las que fallecieron con diagnóstico confirmado de dengue. En la caracterización de estos casos se señala que “la mitad de los pacientes fallecidos presentaban comorbilidades”. Respecto al serotipo viral, en seis casos se detectó DEN 2; y en dos casos, DEN 1.
En cuanto al departamento de residencia: 3 pertenecen a Rosario, 2 a La Capital, 1 a Castellanos, 1 a Las Colonias y 1 a Constitución.
Entre las personas que fallecieron recientemente, un hombre de 79 años presentaba coinfección con Sars CoV-2. En cuanto al paciente pediátrico de 6 años, “presentó un cuadro de sepsis a punto de partida de infección abdominal”. Tenía residencia habitual en la provincia de Santa Fe, sin embargo, tanto el foco de contagio como la atención médica fueron en otra jurisdicción del país.

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