Ibuprofeno inhalado: no para comprarlo en la farmacia 0 2486

Según el reciente decreto, el tratamiento podrá realizarse en instituciones de salud públicas y privadas habilitadas de la provincia de Santa Fe, con el consentimiento tanto del paciente como de la autoridad sanitaria por ser un tratamiento experimental.

El Ministerio de Salud de la provincia aprobó en la tarde de este jueves el uso del ibuprofeno de sodio inhalado como tratamiento de uso compasivo para la recuperación de pacientes con Covid-19. El producto, que fue desarrollado por químicos e investigadores del Conicet y del Centro de Excelencia en Productos y Procesos de Córdoba (Ceprocor), ya se aplica en las provincias de Córdoba, Mendoza, Buenos Aires, Jujuy y Salta. Según el reciente decreto, el tratamiento podrá realizarse en instituciones de salud públicas y privadas habilitadas de la provincia de Santa Fe, y deberá contar con el consentimiento tanto del paciente como de la autoridad sanitaria por ser un tratamiento experimental. La medida tendrá vigencia mientras dure la emergencia sanitaria o hasta que el producto se encuentre aprobado y autorizado para uso comercial en el territorio nacional por la Anmat. La resolución tuvo en cuenta la actual situación epidemiológica y la necesidad de incluir tratamientos experimentales ya que la propagación del coronavirus es superior a los plazos de las validaciones científicas.

El tratamiento consiste en una modificación de la molécula del ibuprofeno que la convierte en soluble en agua y, de esa manera, se convierte en una solución para nebulizar. Según refieren los científicos, es un tratamiento aconsejable para la fase 2 de la enfermedad, en la que los síntomas más relevantes son la falta de respiración y señales de hipoxia. Las fuentes que trabajan en el tratamiento indican que el 20% de los infectados llegan hasta esa etapa y la mayoría requiere internación. Con el sistema de salud trabajando al límite o a punto de colapsar en algunos lugares; este tratamiento puede acelerar las altas.

La resolución firmada por la ministra de Salud Sonia Martorano consideró “necesaria la instrumentación de normas expeditivas que permitan la utilización de recursos terapéuticos aun en vías de registro ante la autoridad sanitaria (Anmat)”.

Desde el Ministerio de Salud provincial entendieron que “existen principios activos aprobados y de demostrada seguridad”, junto con “evidencia del uso de ibuprofeno sódico hipertónico nebulizable en tratamiento de pacientes positivos de covid-19, llevado a cabo por médicos especialistas en cuidados intensivos que bajo su responsabilidad profesional lo emplearon con éxito”.

Las autoridades sanitaras explicaron en el decreto que “el ibuprofeno es conocido por ser un excelente antiinflamatorio y su acción terapéutica sería clave en pacientes con coronavirus cuando las complicaciones provengan de un proceso inflamatorio exacerbado”. También señalaron que existen “estudios in vitro y de modelización que respaldan la idea de que la droga también puede inactivar el virus en las vías respiratorias y bloquear su ingreso a las células”.

El tratamiento será autorizado como de “uso compasivo” teniendo en cuenta que el Covid-19 es un virus en investigación para el cual aún no hay tratamiento específico que haya cumplido con los ensayos clínicos y que los tiempos de propagación de la enfermedad superan los de la demostración científica. La indicación de “uso compasivo” de medicamentos está dirigida a casos particulares cuando no hay tratamientos de probada eficacia o ante la falta de respuesta a los tratamientos aprobados. Ante la emergencia de la pandemia, las autoridades sanitarias entienden la necesidad de extender la indicación de “uso compasivo” de un medicamento a todos los pacientes afectados por el coronavirus.

El tratamiento podrá aplicarse con el consentimiento informado del paciente, familiar responsable o representante legal autorizado, y la conformidad de la autoridad sanitaria responsable del efector de salud, quien determinará cómo realizar la selección del paciente a tratar.

Fuente: elciudadanoweb.com

Foto: ruedadeprensa.com.ar

 

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Población objetivo

La población que destinataria de la vacunación contra la gripe es la siguiente:
* Personal de salud.
* Personas gestantes: en cada embarazo y en cualquier trimestre de la gestación: En cada embarazo, debe recibir la vacuna antigripal y contra el covid-19 en cualquier trimestre de gestación, la vacuna triple bacteriana acelular [dtpa] a partir de la semana 20 de gestación y la vacuna contra el virus sincicial respiratorio entre las semanas 32 y 36 de gestación.
* Personas puérperas: hasta el egreso de la maternidad –máximo 10 días-, si no recibiera la vacuna durante el embarazo.
* Niños y niñas de 6 a 24 meses de edad: esquema de dos dosis, si no las recibieron anteriormente.
* Personas entre los 2 y 64 años que tengan factores de riesgo: con documentación que acredite la existencia de enfermedades preexistentes incluidas entre los factores de riesgo.
* Personas de 65 años y mayores.
* Personal estratégico, cuyo desempeño es clave para mantener las funciones esenciales (ej. fuerzas de Seguridad del Estado).

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“Desde la gestión municipal estamos agradecidos por la visita y el compromiso de todos los actores locales para poder seguir trabajando en forma conjunta con el Municipio, con el objetivo de brindarles mejores servicios de salud a los cañadenses y los vecinos de la región”, expresó Chale.
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