La Provincia dispuso nuevos horarios y habilitó actividades 0 1856

Los comercios podrán abrir hasta las 21 horas, y los bares y restaurantes hasta la 1:30 los viernes y sábados. Las habilitaciones comenzarán con el Fútbol 5, y continuará con jardines maternales, natatorios y colonias de vacaciones.

El gobierno de la provincia de Santa Fe dispuso modificaciones en los horarios de aperturas de comercios, bares y restaurantes; habilita la práctica de deportes como el “Fútbol 5” en la modalidad entrenamiento; las competencias automovilísticas y motociclísticas; la realización de eventos culturales y recreativos relacionados con la actividad teatral y música en vivo; como así también, la apertura de jardines maternales y colonias de vacaciones.

En primer lugar, a través del decreto Nº 1527, se habilita a los comercios mayoristas y minoristas de venta de mercaderías de rubros no esenciales, que brinden atención al público en los locales, a permanecer abiertos hasta las 21 horas.

En tanto, que extiende el horario de apertura de bares, restaurantes, heladerías, y otros, con y sin concurrencia de comensales, incluyendo las actividades de envíos a domicilio, hasta la 1:30 los días viernes y sábados.

Asimismo, el horario de restricción de circulación en la vía pública será de 0:30 a 6 de domingo a jueves; y de 1:30 a 6 viernes y sábados.
En el mismo decreto se remarca que los salones de eventos y de fiestas, que fueron habilitados por municipios y comunas para funcionar como bares y restaurantes, deberán cumplir los protocolos específicos para estas actividades, que cuentan con un factor de ocupación permitido del treinta por ciento (30%), asegurando el distanciamiento entre personas y sin actividades de baile o circulación entre las mesas.
Deportes con contacto físico, el Fútbol 5, autos y motos

Además, a partir de mañana 28 de noviembre, la provincia autorizó, a través del decreto Nº 1528, la práctica de deportes con interacción o contacto físico, en la modalidad entrenamiento, incluidos el “Fútbol 5”, de 7 a 22 horas, deberá tener turnos previos y realizarse en espacios suficientemente ventilados. En este caso se prohíbe la realización de competencias o torneos, la asistencia de espectadores y la habilitación de espacios de uso común.

En tanto que, a partir del 1 de diciembre, el decreto provincial Nº 1529 autoriza la práctica de competencias automovilísticas y motociclísticas, sin concurrencia de espectadores; cumpliendo el protocolo nacional para el desarrollo de la actividad respetando las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19.
Eventos culturales y recreativos

Asimismo, y también desde el 1 de diciembre, el decreto Nº 1530 autoriza la realización de eventos culturales y recreativos relacionados con la actividad teatral y música en vivo, con concurrencia de personas, tanto al aire libre como en teatros, centros culturales y otros lugares cerrados; de acuerdo al protocolo nacional para el desarrollo de la actividad.

La ocupación en estos espacios compartidos, debe asegurar 2,25 metros cuadrados de circulación entre personas, incluso para los artistas; y se debe disponer una distancia entre butacas ocupadas de 1,5 metros. En cuanto a ambas situaciones, el límite de ocupación será el 50% del espacio habilitado al aire libre y del 30% del establecimiento habilitado en lugares cerrados.

Jardines maternales y colonias de vacaciones
En tanto, el decreto Nº 1531, habilita desde el 1 de diciembre el funcionamiento de jardines maternales de gestión privada, los que podrán funcionar de 7 a 19 horas; en espacios abiertos o cerrados ventilados; con un factor de ocupación que no supere el 50%; y organizando grupos reducidos estables que funcionen como burbujas sociales, evitando la interacción con los otros grupos o burbujas.

Por último, el decreto Nº 1532 habilita a partir del 5 de diciembre el funcionamiento en clubes e instituciones sociales de las “colonias de vacaciones” y “talleres de verano”, con o sin uso de natatorios, con cumplimiento de los protocolos.
El horario permitido es de 7 a 19 horas, y se deberán organizar grupos reducidos que funcionen como burbujas sociales, evitando la interacción con otros grupos o burbujas; y con un factor de ocupación en el medio acuático de una persona cada cinco (5) metros cuadrados.

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Continúa abierta la convocatoria para el ingreso de 373 agentes al Servicio Penitenciario 0 121

El Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Provincia recuerda que continúa abierta la convocatoria para el ingreso de 373 agentes. En esta oportunidad, el 55 % de las vacantes disponibles se cubrirán con postulantes que residan en la zona Sur provincial, y el resto de las vacantes se destinarán a aspirantes domiciliados en la zona Centro.
Respecto de las áreas de residencia, la Resolución 0590/24 estipula que la Zona Sur abarcará los departamentos General López, Constitución, Caseros, San Lorenzo, Rosario, Belgrano e Iriondo; y la Zona Centro los departamentos San Jerónimo, San Martín, La Capital, Las Colonias, Castellanos y Garay.
El personal seleccionado será incorporado aI curso de capacitación que, con una duración de 180 días, se dictará en la Escuela Penitenciaria de la Provincia (U7).

Requisitos

* Ser argentino, nativo o por opción;
* Tener entre 18 y 28 años de edad a la fecha de inscripción;
* Tener domicilio en Ia provincia de Santa Fe;
* No tener actuación contraria a los principios de libertad y democracia de acuerdo con el régimen establecido por Ia Constitución Nacional;
* Acreditar antecedentes honorables y de buena conducta entendiéndose por tal, no haber sido condenado por Ia justicia nacional o provincial, se haya o no cumplido Ia pena impuesta; no encontrarse procesado ante la justicia nacional o provincial; no registrar condena firme por contravenciones;
* No haber sido separado de la Administración Pública por exoneración;
* Haber aprobado el ciclo de estudios secundarios;
* Poseer las aptitudes físicas y psíquicas que establece la reglamentación.

Inscripción

La inscripción online mediante la página web www.santafe.gob.ar/ms/spsf, es hasta el 21 de abril inclusive.
Una vez realizada la carga de datos se habilitará la entrega de documentación solicitada. La misma se realizará desde el 22 de abril y el 17 de mayo en los días hábiles de 8 a 13 horas, en los establecimientos penitenciarios destinados a tal fin:
* Dirección General del Servicio Penitenciario -San Jerónimo Nº 1170 de Santa Fe.
* Instituto Correccional Modelo de Coronda (U.1) – Belgrano N°2421 de Coronda.
* Instituto de Detención La Capital (U.2) – Sede Gobierno -Blas Parera N° 8800 de Santa Fe.
* Instituto de Detención de Rosario (U.3) – Estanislao Zeballos N° 2951 de Rosario.
* Complejo Penitenciario de Rosario (U.5) – Av. 27 de febrero N° 7899 de Rosario.
* Complejo Penitenciario de Piñero (U.11) – Ruta Provincial Nº 14 – km13.5.

Documentación

Los postulantes deberán completar y presentar la siguiente documentación para poder realizar la inscripción:
* Planilla de inscripción de ingreso, acompañado por dos (2) fotografías temario 3 cm x 3 cm de frente, con fondo blanco, con cabeza y rostro descubiertos;
* Fotocopias del Documento Nacional de Identidad-anverso y reverso – (certificadas por autoridad judicial o escribano público);
* Fotocopia legalizada y en vigencia de la partida de nacimiento;
* Fotocopia certificada (por autoridad judicial o escribano público) de título de estudios secundarios o polimodal;
* Planilla de incompatibilidad de cargos;
* Certificado de Antecedentes Policiales y/o judiciales otorgado por el Gabinete de identificaciones de la Unidad Regional de Policía que corresponda a su domicilio. (Para poder tramitarlo concurrir con Formulario y Autorización – Artículo 51° C.P.);
* Certificado de buena conducta;
* Certificado de antecedentes penales otorgado por el Registro Nacional de Reincidencia;
* Certificado de domicilio (expedido por autoridad competente);
* C.U.I.L. (Clave Única de ldentificación Laboral);
Constancia de registro de deudores alimentarios morosos.
Ficha Médica, tiene carácter de declaración jurada.

Docentes: La Provincia otorgará un incentivo por asistencia 0 123

La Provincia anunció un incentivo mensual por asistencia a los docentes, que representará una bonificación conforme a los siguientes montos:

Los agentes titulares e interinos que no registraron inasistencias en el mes respectivo:
* $ 57.400 por cargo docente al mes;
* $ 114.800 por cargos directivos y de supervisión
* $ 4.784 por hora cátedra de nivel superior
* $ 3.827 por cada hora cátedra de otros niveles
El máximo por agente es $ 114.800.
En tanto, para agentes titulares e interinos que registren sólo una inasistencia en el mes respectivo, los montos serán estos:
* $ 28.700 por cargo docente al mes;
* $ 57.400 por cargos directivos y de supervisión
* $ 2.392 por hora cátedra de nivel superior
* $1.914 por cada hora cátedra de otros niveles.
El máximo por agente es de $57.400.

Reconocimiento trimestral

Cabe acotar que a ese reconocimiento mensual se suma un incentivo trimestral por asistencia, que suma otra bonificación no remunerativa. De esta manera, los agentes que no registraron inasistencias en los trimestres anteriores, en julio, octubre y enero, recibirán:
* $86.100 por cargo docentes;
* $172.200 por cargos directivos y de supervisión.
* $7.175 por hora cátedra de otros niveles.
El máximo por agente será de $172.200.
Vale señalar que los montos, tanto los montos mensuales como en los trimestres, se actualizarán de manera trimestral conforme a la variación porcentual del salario docente.
Durante los meses de enero, febrero y marzo cada agente percibirá un monto equivalente al promedio mensual que haya percibido por el mismo concepto en los meses de abril y diciembre.
Asimismo, vale agregar que en el mes de abril se abonará un monto equivalente al promedio de los 3 incentivos trimestrales que pudiera haber percibido el docente hasta enero.

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