En el articulado, se puede leer que “No serán oficializadas por el Tribunal Electoral de la Provincia las listas que no cumplan” con la alternancia entre géneros.
También destaca que “el género de las y los candidatos será el que reconoce su documento nacional de identidad (DNI), independientemente de su sexo biológico”.
En caso de producirse una baja en las listas de candidatos, “solo podrá ser cubierta por otra/o candidata/o del mismo género que la que produjo la vacancia”.
Interes General
Lifschitz presenta un proyecto de “paridad de género” en las listas provinciales
Ya sea para cuerpos colegiados provinciales, municipales, comunales o convencionales, se deberá cumplir con el “uno y uno”, es decir que dos candidatos del mismo género no podrán ubicarse consecutivamente en la misma lista.