Media sanción a la Ley de Emergencia Educativa 0 1723

La iniciativa, que promueve medidas destinadas a mejorar las condiciones educativas en el marco de la pandemia de COVID-19 fue aprobada por amplia mayoría y fue girada al Senado para su tratamiento.

La Cámara de Diputados y Diputadas de Santa Fe dio media sanción este jueves a la Ley de Emergencia Educativa, que otorga una serie de herramientas y promueve medidas destinadas a mejorar las condiciones educativas en el marco de la pandemia de COVID-19, atender la fuerte deserción escolar, restablecer las paritarias, las condiciones edilicias y sanitarias de cada establecimiento para la vuelta a clases, y promueve un plan para la inclusión de docentes y alumnos que achique la brecha digital. La iniciativa fue aprobada por amplia mayoría y fue girada al Senado para su tratamiento.

“Se trata de una ley que fue presentada originalmente por el gremio Sadop, tomada por el diputado Carlos Del Frade y enriquecida con el aporte de diputadas y diputados en la Comisión de Educación para lograr un muy buen dictamen”, rescató la diputada Claudia Balagué (Socialistas-FPCYS), presidenta de la comisión de Educación de la Cámara Baja.

La ley le otorga facultades al Ejecutivo para tomar decisiones extraordinarias pedagógicas y presupuestarias que reparen el derecho a la educación, y exige “el estricto cumplimiento de la Ley Nº 12.958, de paritarias, así como la implementación de los Comités Mixtos de Salud y Seguridad en toda la provincia según la Ley N° 12.913, a los fines de elaborar un protocolo para el retorno ordenado y seguro a las escuelas”. También dispone la constitución de un Consejo Provincial de Emergencia Educativa asesor para la toma de decisiones adecuadas para las características del territorio provincial, un plan de inclusión digital para docentes y estudiantes y la inclusión de los estudiantes que abandonaron la escuela desde el inicio de la pandemia.

Para asegurar la restitución del derecho a la educación de estudiantes que no pudieron sostener la escolaridad obligatoria a distancia, la ley crea un registro a partir del cual las delegaciones regionales deben trabajar por la inclusión y detener el aumento del índice de abandono escolar. En el mismo sentido, se propone el trabajo territorial para organizar dispositivos de “Educación de cercanía” para que en localidades de baja densidad poblacional se articulen espacios de enseñanza en instituciones educativas, clubes o centros comunitarios, bajo condiciones sanitarias establecidas en el protocolo de acceso, garantizando espacio y mínimo desplazamiento de docentes y estudiantes.

La ley de Emergencia Educativa crea además el “Programa Conectar Igualdad Santa Fe” como política de inclusión digital, con el fin de proporcionar un dispositivo tecnológico, así como la conectividad a estudiantes y docentes de educación inicial, primaria, secundaria, educación especial e Institutos de Formación Docente, de gestión estatal, privada y social.

Finalmente, a través del Consejo Provincial de Emergencia Educativa, presidido por el Ministerio de Educación, constituido por representantes de la Legislatura provincial, de organizaciones sindicales, cooperadoras escolares, institutos de Formación Docente y Centros de Estudiantes, se asesorará y monitoreará el desarrollo de las medidas tomadas en el marco de esta emergencia, que se extenderá por un año.

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Continúa abierta la convocatoria para el ingreso de 373 agentes al Servicio Penitenciario 0 130

El Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Provincia recuerda que continúa abierta la convocatoria para el ingreso de 373 agentes. En esta oportunidad, el 55 % de las vacantes disponibles se cubrirán con postulantes que residan en la zona Sur provincial, y el resto de las vacantes se destinarán a aspirantes domiciliados en la zona Centro.
Respecto de las áreas de residencia, la Resolución 0590/24 estipula que la Zona Sur abarcará los departamentos General López, Constitución, Caseros, San Lorenzo, Rosario, Belgrano e Iriondo; y la Zona Centro los departamentos San Jerónimo, San Martín, La Capital, Las Colonias, Castellanos y Garay.
El personal seleccionado será incorporado aI curso de capacitación que, con una duración de 180 días, se dictará en la Escuela Penitenciaria de la Provincia (U7).

Requisitos

* Ser argentino, nativo o por opción;
* Tener entre 18 y 28 años de edad a la fecha de inscripción;
* Tener domicilio en Ia provincia de Santa Fe;
* No tener actuación contraria a los principios de libertad y democracia de acuerdo con el régimen establecido por Ia Constitución Nacional;
* Acreditar antecedentes honorables y de buena conducta entendiéndose por tal, no haber sido condenado por Ia justicia nacional o provincial, se haya o no cumplido Ia pena impuesta; no encontrarse procesado ante la justicia nacional o provincial; no registrar condena firme por contravenciones;
* No haber sido separado de la Administración Pública por exoneración;
* Haber aprobado el ciclo de estudios secundarios;
* Poseer las aptitudes físicas y psíquicas que establece la reglamentación.

Inscripción

La inscripción online mediante la página web www.santafe.gob.ar/ms/spsf, es hasta el 21 de abril inclusive.
Una vez realizada la carga de datos se habilitará la entrega de documentación solicitada. La misma se realizará desde el 22 de abril y el 17 de mayo en los días hábiles de 8 a 13 horas, en los establecimientos penitenciarios destinados a tal fin:
* Dirección General del Servicio Penitenciario -San Jerónimo Nº 1170 de Santa Fe.
* Instituto Correccional Modelo de Coronda (U.1) – Belgrano N°2421 de Coronda.
* Instituto de Detención La Capital (U.2) – Sede Gobierno -Blas Parera N° 8800 de Santa Fe.
* Instituto de Detención de Rosario (U.3) – Estanislao Zeballos N° 2951 de Rosario.
* Complejo Penitenciario de Rosario (U.5) – Av. 27 de febrero N° 7899 de Rosario.
* Complejo Penitenciario de Piñero (U.11) – Ruta Provincial Nº 14 – km13.5.

Documentación

Los postulantes deberán completar y presentar la siguiente documentación para poder realizar la inscripción:
* Planilla de inscripción de ingreso, acompañado por dos (2) fotografías temario 3 cm x 3 cm de frente, con fondo blanco, con cabeza y rostro descubiertos;
* Fotocopias del Documento Nacional de Identidad-anverso y reverso – (certificadas por autoridad judicial o escribano público);
* Fotocopia legalizada y en vigencia de la partida de nacimiento;
* Fotocopia certificada (por autoridad judicial o escribano público) de título de estudios secundarios o polimodal;
* Planilla de incompatibilidad de cargos;
* Certificado de Antecedentes Policiales y/o judiciales otorgado por el Gabinete de identificaciones de la Unidad Regional de Policía que corresponda a su domicilio. (Para poder tramitarlo concurrir con Formulario y Autorización – Artículo 51° C.P.);
* Certificado de buena conducta;
* Certificado de antecedentes penales otorgado por el Registro Nacional de Reincidencia;
* Certificado de domicilio (expedido por autoridad competente);
* C.U.I.L. (Clave Única de ldentificación Laboral);
Constancia de registro de deudores alimentarios morosos.
Ficha Médica, tiene carácter de declaración jurada.

Docentes: La Provincia otorgará un incentivo por asistencia 0 130

La Provincia anunció un incentivo mensual por asistencia a los docentes, que representará una bonificación conforme a los siguientes montos:

Los agentes titulares e interinos que no registraron inasistencias en el mes respectivo:
* $ 57.400 por cargo docente al mes;
* $ 114.800 por cargos directivos y de supervisión
* $ 4.784 por hora cátedra de nivel superior
* $ 3.827 por cada hora cátedra de otros niveles
El máximo por agente es $ 114.800.
En tanto, para agentes titulares e interinos que registren sólo una inasistencia en el mes respectivo, los montos serán estos:
* $ 28.700 por cargo docente al mes;
* $ 57.400 por cargos directivos y de supervisión
* $ 2.392 por hora cátedra de nivel superior
* $1.914 por cada hora cátedra de otros niveles.
El máximo por agente es de $57.400.

Reconocimiento trimestral

Cabe acotar que a ese reconocimiento mensual se suma un incentivo trimestral por asistencia, que suma otra bonificación no remunerativa. De esta manera, los agentes que no registraron inasistencias en los trimestres anteriores, en julio, octubre y enero, recibirán:
* $86.100 por cargo docentes;
* $172.200 por cargos directivos y de supervisión.
* $7.175 por hora cátedra de otros niveles.
El máximo por agente será de $172.200.
Vale señalar que los montos, tanto los montos mensuales como en los trimestres, se actualizarán de manera trimestral conforme a la variación porcentual del salario docente.
Durante los meses de enero, febrero y marzo cada agente percibirá un monto equivalente al promedio mensual que haya percibido por el mismo concepto en los meses de abril y diciembre.
Asimismo, vale agregar que en el mes de abril se abonará un monto equivalente al promedio de los 3 incentivos trimestrales que pudiera haber percibido el docente hasta enero.

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