En su resolución, la Jueza de Faltas Dra. Alejandra Marini, explicó que el local gastronómico ubicado en el cantero de Centenario esquina Pellegrini, fue clausurado por no contar en principio con autorización expresa del Concejo Municipal para hacer uso del espacio público, ni tampoco las medidas básicas que se requieren para garantizar la salud pública.
“Según disposiciones municipales para el uso comercial del espacio público que constituye el cantero central en cuestión, se requiere una autorización especial del Concejo Municipal que nunca fue tramitada”, informaron desde el Juzgado y añadieron: “de acuerdo a lo informado por la División de Bromatología el titular no solicitó las exigencias higiénico-sanitarias”.
En este sentido, la Guardia Urbana Municipal constató “falta de provisión de agua, falta de baño, falta de libreta de sanidad y carnet manipulador de alimentos, certificado de desinfección y
desratización”.
La clausura preventiva se sostendrá “hasta tanto se regularicen las situaciones descriptas, se cumplimente con la autorización del espacio público, se cumplan las condiciones higiénico-bromatológicas y se obtenga la habilitación municipal correspondiente”. Para finalizar, la jueza afirmó: “Si se cumple con las normas vigentes, se podrá desarrollar con normalidad la actividad comercial”.