Las medidas restrictivas para sábado y domingo:
-Prohibición de circulación: Desde las 18 horas hasta las 6 horas del día siguiente.
-Permanencia en los domicilios: Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y artículos de necesidad en comercios esenciales y retiro de compras autorizadas, siempre en cercanía a sus domicilios.
-Salidas de esparcimiento: Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias. No es necesario tramitar permiso para circular para estas actividades.
-Actividades recreativas: no se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales.
-Circulación: No se podrá circular afuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.
-Gastronomía: Sólo mediante delivery y take away.
-Transporte público: Quedan habilitadas para su uso las personas expresamente autorizadas para el desempeño de sus actividades, los casos especiales, atención de salud y vacunación.
-Permisos: Todas las personas exceptuadas de la prohibición de circular, deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” que las habilite a circular. Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.
Fuente: Rosario3