El agua subirá un 18 por ciento en mayo 0 1509

La empresa había solicitado un incremento del 50 por ciento en la tarifa, lo que en su momento fue objetado por el Ente Regulador de Servicios Sanitarios (Enress).

El gobierno provincial autorizó a Aguas Santafesinas (Assa) a incrementar un 18 por ciento la tarifa en el tercer bimestre del año.
Según ASSA, tras el incremento el 70 por ciento de los usuarios residenciales de Aguas Santafesinas pagará menos de 403 pesos mensuales por los servicios domiciliarios de agua potable y cloacas.

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Dengue en Santa Fe: bajan los casos, pero hubo diez fallecidos más 0 174

El Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a través del Ministerio de Salud, actualiza la información de dengue con los datos correspondientes a la Semana Epidemiológica 16. Desde el inicio de este año son 55.273 casos confirmados.
“Esta semana tenemos la buena noticia de que hay una curva en descenso en los casos de dengue, probablemente por muchas de las medidas de control que establecimos y la baja temperatura”, informó la secretaria de Salud, Andrea Uboldi. Sobre los más de 55 mil casos recordó que se trata de aquellos que se estudian a través de laboratorio y los que se confirman por criterio clínico-epidemiológico, que se suman del registro diario de guardias y en consultorio.

En este sentido, remarcó que desde el sistema de salud pública provincial “estamos haciendo un trabajo muy fuerte para recuperar esa información porque si se piensa a futuro la incorporación de la vacuna, tener datos de la cantidad de casos que hubo en cada uno de los departamentos de la provincia nos permite estratificar el riesgo”.
En relación a la distribución de los casos que se confirmaron en los 19 departamentos, el informe de esta semana da cuenta de la siguiente distribución: 45 % en el departamento Rosario; 9,5 % La Capital; 9 % Castellanos; 5 % en San Cristóbal y Las Colonias.

Los serotipos circulantes siguen siendo el DEN 1 y DEN 2 principalmente, mientras que solo se detectó un caso de DEN 3 desde el inicio del brote, en una persona con antecedentes de viaje a otra provincia.

Casos fatales

“En esta semana, de la revisión de casos se suman 10 personas fallecidas, con lo cual son 33 en total”, informó la secretaria. Y agregó que “todavía la letalidad, que es la relación entre los fallecidos y los casos confirmados, está dentro de los valores esperables y los dos grandes departamentos -La Capital y Rosario- concentran un mayor número porque son los más densamente poblados”.

Las 10 personas fallecidas que se confirman en esta semana tienen edades entre los 27 y los 78 años, y pertenecen a los siguientes departamentos: 5 al departamento Rosario, 3 de La Capital, 1 de San Javier y 1 de San Martín.

La mayoría de las 33 personas que fallecieron desde el inicio del año, presentaban comorbilidad o factores de riesgo, señaló Andrea Uboldi, para insistir que “más allá de que bajen los casos, de que estemos en un momento de cierta tranquilidad, recordamos la importancia de la consulta oportuna para definir si el cuadro se debe a dengue o a otra entidad, sobre todo para mayores de 70 años, las embarazadas y personas con comorbilidades”.

Santa Fe ya aplica las reformas a su Código Procesal Penal 0 163

La última reforma al Código Procesal Penal de Santa Fe, que aprobó la Legislatura provincial, entró en vigencia este miércoles. Su puesta en marcha le otorga más facultades a la Policía, fiscales y jueces. Entre los cambios se encuentran la cantidad de días que ahora podrá estar detenida una persona hasta la audiencia imputativa, modificaciones a la hora de hacer allanamientos –podrán realizarse sin autorización judicial, aunque luego deberá someterse el procedimiento a un control de legalidad ante un juez–, y nuevas restricciones para presos que son imputados por cometer delitos desde la cárcel.

Algunas de las grandes modificaciones
Entre las novedades que tiene la normativa que comenzó a aplicarse desde este miércoles está la cesación provisoria del estado antijurídico. Esto, en resumidas palabras, es que se le restituya inmediatamente el bien o terreno usurpado a la persona que denunció el delito, o que se le devuelva un elemento que se le había robado, como el caso de una moto.
Además, la nueva legislación establece que también “podrá ordenarse la inactivación física de inmuebles, cuando los mismos hubieran sido cogidos para la actividad ilícita o no fuera susceptible de otra utilización. El juez podrá delegar en el fiscal o en la autoridad administrativa la determinación del medio técnico de inactivación, pudiendo en su caso procederse a la demolición total, al desmontaje selectivo de materiales o al bloqueo físico de aberturas.”
También hubo cambios en las detenciones. Las personas aprehendidas por orden de un fiscal sobre la que se tiene elementos para llevar a audiencia imputativa –siempre que se trata de delitos reprimidos con pena privativa de la libertad y pudiera existir riesgo de fuga o entorpecimiento probatorio– podrán permanecer arrestadas por una duración máxima de 96 horas. En caso de ser fundado por el fiscal, dicha situación podrá extenderse por otras 96 horas más.

No obstante, cuando la tramitación de la causa sea compleja –por una gran cantidad de hechos o por un elevado el número de aprehendidos–, la detención podrá tener una duración máxima de 15 días que, si se llega a pedir una prórroga, podría alcanzar los 30 días hasta la celebración de la audiencia.
El texto también deja en claro que en todos los casos, dentro de las 24 horas desde que se produjo la aprehensión, el imputado deberá ser llevado ante un tribunal que deberá controlar la legalidad de la detención.

Otro punto importante de la reforma son las modificaciones en los allanamientos, que ahora podrán hacerse también sin autorización judicial, que deberá estar justificada por los siguientes puntos: incendio o situación que ponga en peligro a la vida o bienes de los habitantes; búsqueda de personas extrañas que hubieran sido vistas mientras se introducían al inmueble con indicios manifiestos de cometer un delito; persecución de un presunto autor de un delito que se escondió en un domicilio; indicios de que en el interior del lugar se comete un delito o desde allí se solicita socorro; existencia de objetos relacionados con la comisión de un delito; que se trate de una propiedad usurpada.
Además, se podrá allanar sin autorización judicial si un fiscal que investiga homicidios, amenazas y extorsiones dispone que sea revisado un lugar habitado, una casa de negocios o sus dependencias, o lugares comprendidos en un ámbito territorial determinado. También permite entrar en domicilios contiguos a la propiedad que se allana en caso de que surjan elementos que motiven esos operativos.

En cuanto a las personas que, estando presas, fueran imputadas por participar de un delito desde la cárcel, se podrá imponer modificaciones, restricciones o suspensiones temporales del régimen de visitas y de comunicaciones, prohibición de contacto con determinados reclusos alojados en el mismo complejo y modificar las condiciones de detención o de ejecución de la pena privativa de la libertad.

 

 

Extracto de publicación en Rosario 3

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