Consideran inconstitucional una ordenanza que permite fumigar a menos de 100 metros de espacios habitados 0 571

Un fallo judicial determinó como procedente el amparo presentado por vecinos de Totoras, en contra de una ordenanza sancionada en 2014, que establecía ese rango para efectuar fumigaciones.

El fallo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 6 de Cañada de Gómez considera “inconstitucionar e inconvencional” el articulado de la ordenanza mencionada, y exhorta al municipio totorense a que produzca una nueva norma que se adecue a la ley provincial de fitosanitarios Nº 11.273, que establece 500 metros como límite a partir del cual se pueden aplicar agrotóxicos.

La ordenanza a la que el fallo del juez califica de esa manera había sido modificada en diciembre de 2014, y a partir de allí comenzó la lucha judicial de la agrupación “Vecinos Autoconvocados por la Vida” de Totoras, que ahora produjo esa resolución desde la Justicia.

 

 

Fuente: La Capital

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