Denuncia penal por fumigaciones 0 2062

Integrantes de Paren de Fumigarnos acompañaron a Norma Cabrera, en tres presentaciones ante el MPA, el Ejecutivo y el Concejo. La denuncia fue contra la intendenta Clérici y los responsables materiales de fumigaciones contra la familia Cabrera.

El martes por la mañana, integrantes de la Multisectorial Paren de Fumigarnos de Santa Fe acompañaron a Norma Cabrera, vecina fumigada con agrotóxicos de Cañada de Gómez, en el marco del ingreso de tres presentaciones escritas ante la Unidad Fiscal local del Ministerio Público de la Acusación, el Departamento Ejecutivo Municipal y el Concejo deliberante.
Concretamente, Cabrera concurrió ante la Fiscalía acompañada por Rafael Colombo, abogado y Director Ejecutivo de Capibara y Carlos Manessi de CeProNat, con el fin de presentar una denuncia penal contra la titular del Departamento Ejecutivo Municipal, Stella Maris Clerici, por incumplimiento de los deberes de funcionario público. En el mismo escrito fueron denunciados también Jesús Gilberto Mosca y Miguel Aranda, por delito de lesiones, daño agravado por la utilización de sustancias venenosas, contaminación del medio ambiente o atmósfera de un modo peligroso para la salud, agregándose para el caso de Aranda, una denuncia por delito de amenazas contra Cabrera.

Fumigaciones contra la familia Cabrera

Norma Cabrera y su familia han sido fumigados en reiteradas ocasiones con motivo de las pulverizaciones con agrotóxicos aplicadas enfrente de su inmueble sito en calle Av. La Plata al 1700, viviendo literalmente una auténtica pesadilla toxicológica y sanitaria. Las mismas comenzaron en noviembre de 2015 y hasta el día de la fecha, si bien fueron oportunamente denunciadas ante los organismos competentes, tanto el Municipio como la Fiscalía penal local no han tomado intervención o medida alguna a los fines de resguardar la vida y salud de la familia Cabrera como así también prevenir el agravamiento de los daños ya ocasionados sobre la granja familiar y el ambiente, colocando a las víctimas en una flagrante situación de desamparo y denegación de justicia, situación escandalosa para un estado democrático en razón de los derechos humanos fundamentales comprometidos.
Las fumigaciones ocurrieron los días 28 y 29 de noviembre de 2015; el 16 de julio de 2016; 26 de octubre de 2017; 1 de febrero, 30 de julio y 27 de septiembre, de 2018.
Entre toda la normativa invocada, además del Art. 41 de la Constitución Nacional, los tratados internaciones de Derechos Humanos, las leyes de presupuestos mínimos ambientales a nivel nacional y las leyes ambientales provinciales, el escrito recurre a una disposición vigente a nivel municipal contenida en el art. 1º de la Ordenanza N° 1748/85 que establece: “Dentro de la zona urbana determinada en el Plano Oficial del Municipio y hasta una distancia no menor de 3 (tres) kilómetros de aquella en todos sus rumbos, queda prohibida la elaboración, el fraccionamiento, almacenamiento, mezcla, expendio y aplicación de biocidas en general en todas sus formas, que se empleen en las prácticas agropecuarias e industriales ya sean como herbicidas, fungicidas, acaricidas, insecticidas, y toda otra denominación, siendo esta enunciación meramente enunciativa y no taxativa”. El inmueble de la familia Cabrera se encuentra dentro de la zona urbana de Cañada de Gómez y las fumigaciones se practican, en algunos casos, a escasos 20 metros de distancia de la vivienda.

Acceso a la Información Pública Ambiental y prohibición del glifosato

Luego de la presentación de la denuncia penal, Cabrera, Colombo y Manessi se acercaron al Municipio y al Concejo para ingresar dos escritos.
El primero de ellos, contiene una solicitud de Acceso a la Información Pública Ambiental en tanto derecho consagrado por la Constitución Nacional y Tratados Internacionales y regulado en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley Nacional 25.831, solicitando concretamente que el Departamento Ejecutivo local provea información acerca del estado actual de la política de protección de la salud humana, el ambiente como así también las acciones de control y fiscalización de la sobre la elaboración, el fraccionamiento, almacenamiento, mezcla, expendio y aplicación de biocidas en general en todas sus formas, que se empleen en las prácticas agropecuarias e industriales ya sean como herbicidas, fungicidas, acaricias e insecticidas. El organismo, tiene un plazo legal de 30 días hábiles para contestar la solicitud, siendo la no contestación un supuesto de denegación injustificada.
Finalmente, ante el Concejo Municipal, ingresaron un proyecto de ordenanza proponiendo la prohibición en todo el ejido de la ciudad de Cañada de Gómez, de la utilización y aplicación del herbicida Glifosato en todas sus variantes, tanto para uso agronómico como así también para espacios públicos y jardines particulares, delegando en el Municipio la designación de la autoridad de aplicación responsable de llevar a cabo las acciones de difusión, prevención, control y sanción de la ordenanza como así también de la promoción de medidas alternativas para el control de malezas y plagas, en armonía con el medio ambiente, la salud humana y los derechos de la naturaleza.

Fuente: Agencia Noticias del Litoral

Foto: Otrodía.com

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