Gas: Comienza la aplicación de tarifas por el régimen de zonas frías 0 1432

Cañada de Gómez y las localidades de la zona que poseen el servicio son alcanzadas por el beneficio. Están comprendidas Correa, Carcarañá, Armstrong, Las Parejas, Las Rosas y Villa Eloísa, entre otras.

Por la Ley 27637, sancionada recientemente, se amplían las localidades alcanzadas por el régimen de Zonas Frías, sumando varias localidades dentro de la zona de distribución de Litoral Gas. Esto otorgará a los clientes con suministro en esas localidades, y determinadas tarifas, un descuento en su factura de gas.

 

¿Cómo son los descuentos y a qué tarifas corresponden?

Los descuentos podrán ser del 30% o 50% según corresponda la tarifa, condiciones de elegibilidad del beneficiario y que el suministro esté ubicado en las localidades incluidas en Zonas Frías. Los descuentos irán impactando en la factura de los clientes, primero en forma parcial, dadas las fechas de las lecturas de consumo, para posteriormente impactar con ese descuento en forma total en las facturas posteriores.

Los descuentos del 30% serán aplicados a los usuarios con Tarifa Residencial (de gas natural) y todos los usuarios de Gas Licuado de Petróleo por redes (GLP) de las localidades incluidas para ambos casos.

Los descuentos del 50% serán aplicados a los clientes inscriptos en el ANSES como beneficiarios de Tarifa Social y otros clientes elegibles por su condición social por la autoridad de aplicación en las localidades incluidas.

Los registros para inscribirse dentro de las condiciones elegibles para estos descuentos se deben realizar en los organismos correspondientes de gobierno, siendo estos trámites ajenos a Litoral Gas.

Para mayor información hace click en estos links https://www.enargas.gob.ar/ o https://www.anses.gob.ar/tarifa-social-de-gas o telefónicamente al ENARGAS al 0800-333-4444.

Adicionalmente el descuento del 50% también será aplicado a Entidades de Bien Público de acuerdo a la Ley 27.218, Asociaciones Civiles con ingresos ordinarios anuales menores a la categoría “G” del Régimen del Monotributo, Comedores comunitarios con o sin personería jurídica inscriptos en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios de Organizaciones de la Sociedad Civil (RENACOM https://www.argentina.gob.ar/desarrollosocial/renacom ), que se encuentren dentro de las localidades incluidas en la Ley de Zonas Frías.

Aquellos clientes alcanzados por los descuentos podrán ver en la factura las siguientes leyendas: una leyenda cruzada en color celeste que indica que está incorporado a los descuentos Ley 27.637 y una franja celeste en la parte inferior de la factura con un mensaje más detallado.

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