Aprobaron la figura del Fiscalizador Ciudadano. 0 1183

Tras un año en estudio de comisión se aprobó el proyecto del bloque oficialista, que dispone su creación. La misma establece la participación ciudadana en el control de infracciones de transito con la coordinación de las autoridades municipales.

El texto de la ordenanza dice:
Artículo 1º: Créase la figura del “fiscalizador ciudadano” consistente en la participación voluntaria de cada ciudadano en el control de la seguridad vial urbana, con el alcance y limitaciones que se establecen en la presente ordenanza.

Artículo 2º: Podrá ser “Fiscalizador ciudadano” cualquier habitante mayor de edad con un año de residencia inmediata en la ciudad de Cañada de Gómez, y que voluntariamente constate y denuncie la existencia de violaciones a la normativa de tránsito vigente.-

Artículo 3º: El Fiscalizador ciudadano podrá detectar y denunciar irregularidades siempre que dicha constatación y denuncia no  viole derechos de terceros, en especial los derechos a la intimidad, a la integridad física y síquica, y al honor de las personas, respetando su accionar las buenas costumbres y las normas de convivencia urbana.

Artículo 4º: DE LOS MEDIOS DE CONSTATACION: El Fiscalizador ciudadano podrá utilizar todos los medios técnicos y/o tecnológicos lícitos para constatar las irregularidades o posibles violaciones del ordenamiento municipal de tránsito, entre otros, los siguientes_

4.1.- Fotografías y captación de imágenes estáticas por medio de aparatos electrónicos

4.2.- Filmaciones  y/o captación de imágenes dinámicas por medio de aparatos electrónicos

4.3.- otros medios

Asimismo, y en caso de no poder utilizar o no contar el Fiscalizador ciudadano con medios electrónicos de prueba, podrá acompañar su denuncia de irregularidad con dos testimonios sobre los hechos denunciados, los que se consideraran prueba suficiente solo para la iniciación del procedimiento municipal de faltas.

Artículo 5º: DEL PROCEDIMIENTO: El Fiscalizador ciudadano deberá  seguir el siguiente procedimiento para que su actuación pueda ser tenida en cuenta por la Municipalidad:

5.1.- Toda constatación de posible irregularidad deberá ser necesariamente denunciada por escrito y en los formularios que ponga a su disposición la Municipalidad

5.2.- La denuncia por escrito debe dirigirse al Director de Tránsito de la Municipalidad, mencionando y en su caso acompañando los medios de prueba o testimonios de las presuntas irregularidades.-

5.3.-  Una vez recibida la denuncia, el Director de Tránsito, o la persona que designe el DEM, emitirá opinión fundada sobre la veracidad de la denuncia, y en caso de inconsistencias de la misma o falta de fundamentos o de pruebas, podrá solicitar al Fiscalizador ciudadano el completamiento de la misma u ordenar su archivo.

5.4.- En caso de el Director de Tránsito o la persona designada por el DEM, consideren prima-facie verosímil la denuncia, la remitirán para su tratamiento ante el Juzgado Municipal de Faltas para su juzgamiento

5.5.- El Juez de Faltas que tenga el conocimiento de la denuncia, deberá tomar las pruebas mencionadas en el inciso 4 como semi-plena prueba de los hechos denunciados si los medios y procedimientos utilizados se ajustan al uso correcto de los mismos, si no violaren derechos de terceros y se respetó el orden legal vigente.

5.6.- CITACION DEL FISCALIZADOR CIUDADANO. En caso de que los elementos de prueba arrimados por el fiscalizador ciudadano no generen convencimiento en el juzgador municipal, se podrá citar a careo entre el Fiscalizador ciudadano y el presunto infractor.

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Clérici reclama por acciones contra el dengue y compara criterios sanitarios 0 600

La concejala Dra. Stella Maris Clerici, junto a vecinos de la ciudad, hacen un llamado urgente a las autoridades municipales para llevar a cabo acciones concretas destinadas al desmalezamiento del arroyo y áreas urbanas, así como a la implementación de tareas de fumigación. Además, se hace hincapié en la necesidad de proporcionar repelentes de forma gratuita y gestionar la disponibilidad de vacunas contra el dengue.

“Hasta diciembre de 2023, nuestra ciudad mantuvo criterios sanitarios e hídricos que garantizaban condiciones aceptables en el arroyo. Sin embargo, desde esa fecha, hemos observado un notable deterioro en la calidad ambiental y la salubridad de estos espacios, marcando un antes y un después en nuestra percepción y uso del entorno natural de la ciudad.”, manifestó Clérici.

Es imprescindible que se priorice la salud y el bienestar de la comunidad, y que se trabaje de manera coordinada y activa para restaurar y preservar la calidad ambiental de nuestro entorno urbano y natural. Por lo tanto, se hace un llamado urgente a las autoridades municipales para que tomen cartas en el asunto y se comprometan a implementar acciones concretas y sostenibles que contribuyan a mejorar la situación del arroyo y áreas urbanas, así como a prevenir la propagación de enfermedades como el dengue.

La ex mandataria cañadense y actual concejala convoca a la población a participar del reclamo, firmando digitalmente a través del formulario:
https://forms.gle/Pp6tJb5VgLztmmZb9

Informan que el municipio pagó por 10 años una caja de seguridad que no utilizaba 0 600

La municipalidad de Cañada de Gómez dio de baja una caja de seguridad que tenía contratada en el Banco Santander Rio S.A. y al momento de abrirla se constató que solamente había guardado CD de back up del sistema informático de fecha 05 de Julio de 2013 de este municipio correspondiente al área del Departamento Informática.

“Resulta llamativo contratar una Caja de Seguridad solo para conservar en su interior un CD”, expresaron desde el Municipio. A través del decreto N° 7187/24, se dejó sin efecto “en virtud de los avances tecnológicos que han permitido la implementación de nuevos mecanismos de guardado electrónico virtual, los cuales han sustituido la necesidad de utilizar la mencionada Caja de Seguridad, la cual a su vez genera un costo innecesario para el Municipio”.

De esta manera, la Municipalidad ahorra por año unos $840.000 que es el costo que tenía, servicio que se mantuvo por más de diez años y no se utilizaba, por lo que significaba un gasto prescindible.

 

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