Santa Fe dispuso obligaciones para quienes ingresen desde el extranjero 0 768

Quienes viajen o regresen a la provincia desde el exterior deberán cumplir aislamiento por 7 días, y realizar un nuevo control de Covid-19 a los 7 días de efectuado el test de ingreso al país. Además, se constatará si los afectados cumplen el aislamiento obligatorio.

El decreto provincial N°1051 determina “con carácter precautorio, que las personas que a partir de la fecha del presente decreto –1 de julio de 2021– ingresen al territorio de la Provincia de Santa Fe por cualquier punto de la misma provenientes del extranjero, y con independencia del medio de transporte que empleen a tal fin, deberán observar en sus domicilios o lugar de residencia que denuncien, por el término de siete (7) días corridos desde su ingreso las medidas de aislamiento obligatorío a que hace referencia el artículo 7° del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 260/20, prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2021 por su similar N° 167/21, al que la Provincia adhiriera por Decreto N° 0173/21)”.

Las personas que ingresen a Santa Fe provenientes del extranjero deberán, 7 días después de haber ingresado y haberse realizado un test diagnóstico para coronavirus, efectuarse otro antes dar por concluido el aislamiento correspondiente, el que no podrá dar por finalizado hasta tener prueba fehaciente de resultado negativo.

En tanto, “de resultar positivo el nuevo test diagnóstico para SARS-Cov-2, el laboratorio que lo realice deberá arbitrar los recaudos para que la autoridad sanitaria nacional competente secuencie genómicamente la muestra de laboratorio y la autoridad sanitaria provincial realice el inmediato rastreo de los contactos estrechos de ese viajero o esa viajera, sobre la base de los mecanismos previstos para la trazabilidad de su ingreso y de traslado al lugar de aislamiento”.
El decreto provincial establece que la persona diagnosticada positiva deberá continuar en aislamiento hasta obtener el alta correspondiente.

“Con el concurso de los Ministerios de Salud y Seguridad se constituirán equipos de constatación domiciliaria del cumplimiento de las restricciones dispuestas por las autoridades sanitarias con motivo de la pandemia, pudiendo requerir a tales fines la colaboración del Ministerio Público de la Acusación y de los Juzgados Comunitarios de Pequeñas Causas, allí donde estos existan; formulando las denuncias pertinentes en caso de constatar incumplimientos”, indica el tercer artículo y agrega: “Sin perjuicio de lo anterior se podrá requerir la colaboración e intervención de los organismos federales competentes, en las constataciones que se efectúen; debiendo en todos los casos notificar y dar intervención de las medidas a las Municipalidades y Comunas donde la persona que haya ingresado a la Provincia proveniente del extranjero denuncie que va a cumplir el aislamiento social”.

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